Siel alta médica la emite el médico de atención primaria o la inspección médica, caso de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, podrá impugnarse mediante reclamación previa administrativa en el plazo de once días. Si el alta médica la emiten los servicios médicos de mutua colaboradora de la
Loque no puede discutir el médico es que estés enfermo e incapacitado para trabajar, porque eso ya lo ha dicho tu médico de cabecera. Ahora bien, si quiere discutir que la baja sea por contingencias profesionales en vez de comunes, que lo haga si quiere. Pero entonces pagaría la mutua tanto la baja como el tratamiento médico, con
Alejandrapor lo que están comentando otras chicas, si estás de baja médica no te darán la baja de riesgo. Yo hablaría con mi médico de cabecera, para que me diera el alta, no me la fuera a jugar la mutua Eso s, si lo haces, y tienes confianza con él, coméntale el motivo, por si luego necesitas la baja médica igualmente.
ElINSS puede iniciar un expediente de incapacidad. Cuando llega un momento determinado en tu baja médica, que está estipulado en la ley, es obligatorio que se abra un expediente de incapacidad permanente por parte del INSS. Te aclaramos qué significa esto y qué ocurre llegada esa fase, y cuál es la diferencia entre un proceso de
Elmédico de cabecera puede dar el alta médica en el momento en que considere que la circunstancia que originó la baja médica ha mejorado lo suficiente y el trabajador está en condiciones de regresar a su puesto de trabajo y desempeñar sus funciones de manera adecuada. El médico evaluará la evolución del paciente, los resultados de los
Cuandola mutua propone el alta, es importante comprender las implicaciones y los pasos que se deben seguir. En este artículo, exploraremos todo lo que. ↓ Saltar al contenido
Enun plazo máximo de los 10 días hábiles siguientes a la emisión del parte de alta, deberás presentar la solicitud (disponible en la página web del INSS) de “Procedimiento administrativo especial de revisión de alta médica”, (regulado por el art. 4 del Real Decreto 1430/2009) en la que manifestarás los motivos de tu disconformidad
Enel INSS me han denegado la Incapacidad Permanente, puse un escrito de reclamación con 8 informes médicos pero me han vuelto a contestar diciendo que me lo deniegan. O sea me han dado de alta sin yo haberme curado. Tengo entendido que el médico si te puede dar la baja , pero sin efectos económicos, quería saber si es cierto.
3º El Neurólogo de la Seguridad social, me mando a principios de esté mes de Abril hacer una resonancia magnética, pero me daban cita para Enero, por lo que la mutua me adelanto las pruebas a través de un hospital privado, el día 5 de abril me intentarón realizar una resonancia Magnética la cual no se pudo realizar por los
LasMutuas pueden proponer el alta en contingencias comunes. Según la Ley de Mutuas 35/2014 y al Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y
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